El desenlace de la guerra civil trae consigo la imposición de la ideología de los vencedores.

Los primeros tiempos del franquismo estuvieron marcados por la más feroz represión, hasta que en los años 60 la industrialización del país va matizando las formas, y de un modo paulatino se van produciendo cambios en la sociedad española. Pero se tiende a olvidar la importancia de la violencia y represión como mecanismos de consolidación del régimen.

Fueron valorados como delitos contra la seguridad del Estado los actos considerados atentatorios contra la religión católica, así como las blasfemias, invocaciones irrespetuosas o las prédicas de otra religión, mostrando con ello tanto la importancia que el régimen daba a la salvaguarda de los valores del nacionalcatolicismo, como la afirmación incuestionable de la Iglesia Católica como religión del Estado.

El franquismo no sólo atentó contra la integridad física, la libertad y la vida de los vencidos, sino que además se esforzó, de una forma más sutil pero con efectos crónicos en quienes los padecieron, en reprimir las mentes y combatir las ideologías.

1947

1949

 

1948

Rubén Campelo Garrido, miembro de la iglesia evangélica de Seixo.

Iingresó en Ferrol para cumplir con el Servicio militar a primeros del año 1948, no tenemos datos de cuando se licenció, ni si se vio reducida su condena, de cuatro años de cárcel.

Como evangélicos no se negaban a jurar la bandera, pero si se negaban a participar en la misa durante la cual había que arrodillarse y rendir armas ante una imagen, en el tiempo que hizo el servicio militar Rubén, se trataba de un Cristo crucificado llamado "El Santísimo", Rubén Cámpelo se quedó en pie en medio de más de mil militares, en el momento que el cornetín mandaba arrodillarse, como resultado le celebraron Consejo de Guerra y le condenaron a cuatro años de cárcel en la prisión militar de Caranza.

 

Generosa Campelo, fue la criada de D. Arturo Ginnings, pastor en Ares, que la enviaba a visitar a Rubén Campelo encarcelado en Ferrol, debido a que tenían el mismo apellido y así las autoridades le permitían el paso, aunque no era familiar suyo.

 

Abril, 1954 - Mayo, 1957

Daniel Sampedro Recamán, miembro de la iglesia evangélica de Seixo y José Lino Acuña natural de Vilaboa, miembro de la iglesia evangélica de Marín.

Coincidieron como reclutas de Infantería de Marina del Tercio Norte al realizar el servicio militar obligatorio en aquella época, y su duración era de dos años.

Durante la jura de bandera, ambos permanecieron en pie, sin inclinarse ante la virgen del Carmen, lo cual era obligatorio en este acto. Fueron arrestados y llevados ante un Tribunal de Guerra, que dictó sentencia condenatoria a dos años de Prisión en la cárcel militar de Caranza, por un delito de desobediencia previsto y penado en el párrafo segundo del artículo 322 del Código de Justicia Militar. Pasaron 13 meses en prisión, quedando en libertad condicional para terminar su tiempo de Servicio Militar.

Se licenciaron en la Base Naval de la Graña, en Mayo 1957