Respecto a la Iglesia y sus prácticas, creemos que:
1º. La Iglesia de Jesucristo está formada por todas las personas que han sido salvas por la sangre de Jesús en todo tiempo y en todo lugar, siendo miembros del Cuerpo cuya Cabeza es Cristo.
2º. Las iglesias locales son congregaciones autónomas e independientes formadas por el conjunto de cristianos que se reúnen en un lugar determinado. La iglesia local debe mantener su libertad espiritual sin afiliarse a denominación alguna, lo que no impide que se cultive un espíritu fraternal y de ayuda mutua con otras congregaciones que mantienen la sana doctrina y las practicas bíblicas, según el claro ejemplo de los Hechos de los Apóstoles y de las Epístolas.
3º. Observamos normalmente la ordenanza del bautismo de creyentes solamente por inmersión, bajo confesión personal de fe. El bautismo del Espíritu Santo, ocurrido en el día de Pentecostés, se extiende a todos los verdaderos cristianos y no puede repetirse.
4º. Celebramos cada primer día de la semana la reunión de Comunión y adoración bajo la guía del Espíritu Santo, realizando el partimiento del pan en conmemoración de la muerte del Señor. Este culto es de libre participación y ofrece oportunidad para el ejercicio del sacerdocio universal del creyente así como de todos los verdaderos dones que edifican a los santos, en sujeción al señorío de Cristo y a las pautas marcadas por la Iglesia Apostólica. Recibimos en la Mesa del Señor a todo creyente que es sano en la fe y lleva una vida de buen testimonio.
5º. En cuanto al gobierno de la Iglesia local, creemos que debe existir una pluralidad de ancianos, pastores, obispos y sobreveedores con la finalidad de velar por el correcto devenir de la congregación. Estos son hermanos de entre nosotros, señalados por el Espíritu Santo por su celo por el Señor y su Palabra y su cuidado del pueblo de Dios. Son reconocidos por la congregación reunida en asamblea mediante voto libre y secreto. Debido a los requisitos que deben reunir no se trata de cargos vitalicios en la iglesia. Los ancianos, pastores, obispos o sobreveedores ejercen autoridad por aplicación de la Escritura, pero no son ellos en si mismos, autoridades en la iglesia, ni poseen una categoría superior al resto de miembros, pues todos somos hermanos y no caben distinciones entre clérigos y laicos.
6º. Respecto a la relación con el Estado, creemos que según los mandatos del Señor y las enseñanzas apostólicas, debemos "dar al Cesa lo que es del Cesar y a Dios lo que es de Dios", sometiéndonos a las autoridades y orando por ellas. Los hermanos hemos de mantener una leal ciudadanía y una pacifica conducta en la sociedad. Sin embargo, si llegara el caso de que las autoridades manden algo contrario a las claras enseñanzas de la Palabra de Dios y, por lo tanto, lesivas a la conciencia cristiana, prevalece el principio de "obedecer a Dios antes que a los hombres".